El derecho de tanteo y retracto es una de las protecciones más importantes que tiene un inquilino cuando el propietario decide vender la vivienda alquilada.
Básicamente, te da prioridad para comprar la casa frente a cualquier otro interesado. Está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
¿Qué es el derecho de tanteo?
Es el derecho del inquilino a comprar la vivienda antes que un tercero, en las mismas condiciones que el propietario la vaya a vender.
Cómo funciona:
- El propietario debe notificar por escrito al inquilino:
- Precio de venta
- Forma de pago
- Demás condiciones esenciales
- El inquilino tiene 30 días naturales desde la notificación para decidir si compra.
- Si acepta, la compraventa se realiza con el inquilino.
¿Qué es el derecho de retracto?
Es el derecho del inquilino a comprar la vivienda después de que ya se haya vendido a un tercero, sustituyendo al comprador, cuando:
- No se le notificó el derecho de tanteo, o
- La venta se hizo en condiciones distintas o más favorables que las notificadas.
El plazo es de 30 días naturales desde que el inquilino tiene conocimiento fehaciente de la venta (normalmente desde la notificación de la escritura o del nuevo propietario).
Casos en los que no hay tanteo ni retracto
El inquilino no tiene estos derechos si:
- En el contrato de alquiler se renunció expresamente al tanteo y retracto (es válido si consta por escrito).
- Se vende todo el edificio a un solo comprador (no viviendas individuales).
- Se transmite la vivienda entre copropietarios.
- Es una transmisión distinta de compraventa (donación, herencia, etc.).
Venta de vivienda con inquilino
El comprador debe respetar el contrato de alquiler:
- Si el contrato está inscrito en el Registro → se mantiene hasta su final.
- Si no está inscrito → se mantiene al menos 5 años (7 si el arrendador es persona jurídica), salvo excepciones legales.
