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Ley de vivienda analizada por abogada

Nuestra abogada en ASB inmobiliaria Esther López, ha estudiado la ley en profundidad yquiere compartir con todos los puntos más importantes de la nueva Ley de Vivienda de 2023. En estos momentos con tantos cambios legislativos, cada vez cobra más importancia elasesoramiento inmobiliario con una agencia de confianza. A raíz de las numerosas llamadas de […]

Nuestra abogada en ASB inmobiliaria Esther López, ha estudiado la ley en profundidad y
quiere compartir con todos los puntos más importantes de la nueva Ley de Vivienda de 2023.

En estos momentos con tantos cambios legislativos, cada vez cobra más importancia el
asesoramiento inmobiliario con una agencia de confianza.

A raíz de las numerosas llamadas de nuestros clientes propietarios e inquilinos, hemos querido
aclarar de una forma sencilla los puntos más importantes de la ley y tratar así de poner un
poco de luz ante tanta preocupación.

El 27 de abril el Congreso de los Diputados aprobó la nueva Ley de Vivienda 2023, aún queda
la aprobación en el Senado para su entrada en vigor, se prevé que sea el 28 de MAYO de 2023,
y sólo si se aprueba.
Este es un pequeño resumen sobre una Ley bastante extensa, y son muchas las novedades
relevantes que incluye, indico las más relevantes:

  • Una es la definición de Zona tensionada; serán las Comunidades Autónomas y ayuntamientos las que definirán las zonas de mercado residencial tensionado. En estas zonas existirá una regulación del precio de los alquileres. En Madrid al menos, no se espera que esto vaya a afectar mucho, dadas las declaraciones escuchadas.
  • Otra es la definición de Grandes Tenedores; hasta ahora se entendía a todo aquel quetuviese 10 o más inmuebles en propiedad. Con la nueva ley considerará al que tenga 5 o másinmuebles en propiedad en las zonas definidas como tensionadas. Para estos propietarioshabrá limitaciones a la subida de renta, desahucios, etc.
  • Otro cambio es la modificación del artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, sobrelos gastos de gestión inmobiliaria y de formalización de contrato, que serán siempre a cargodel arrendador. En este punto se está tratando de aclarar por parte de asociaciones del sectorcomo AMADEI y la administración, dado que el asesoramiento se le hace a ambas partes, y esposible que en algunos casos los inquilinos con necesidades concretas puedan quedardesprotegidos ante la falta de asesoramiento.
  • Eliminación del IPC como referencia para la actualización anual de la renta de los contratos, acordado para 2023 (2%) y 2024 (3%) y en Enero 2025 se creará un nuevo índice de referencia de actualización de todos los alquileres.
  • Otras novedades, como el Recargo de IBI para viviendas vacías, Beneficios fiscales para. propietarios de viviendas alquiladas, Nuevas medidas de protección frente a los desahucios ,etc.El debate que surge con esta nueva ley es delicado, sobre todo cuando se contraponen dos derechos fundamentales y primordiales, como lo son la propiedad privada y la función social del inmueble.En estos momentos con tantos cambios legislativos, cada vez cobra más importancia el asesoramiento inmobiliario con una agencia de confianza.Esther López RomeroAbogada – ASB INMOBILIARIA
Artículo escrito por la Agencia

ABS Inmobiliaria