¿Puedo finalizar el contrato de alquiler en vigor que tengo con mi inquilino?
Cuántas veces nos han preguntado por esta cuestión que planteamos aquí en el título. Es una de las dudas más importantes a la hora de alquiler una vivienda.
Y sí, si necesitas recuperar tu vivienda alquilada para uso personal o para un familiar cercano, puedes hacerlo conforme a lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) según el artículo 9.1 de dicha Ley.
Es conveniente seguir los pasos siguientes
- Revisa las condiciones y clausulado de tu Contrato de Arrendamiento. Primero, asegúrate de que tu contrato de arrendamiento no tenga cláusulas específicas que limiten tu derecho a recuperar la vivienda antes de tiempo. Es fundamental que en el contrato conste de forma expresa la posibilidad de poder recuperar la vivienda. En segundo lugar, verifica que haya transcurrido al menos un año de duración del contrato.
- Cumple con los supuestos legales. La recuperación de la vivienda debe estar justificada por necesidades personales. Esto puede ser para ti mismo, para un familiar en primer grado de consanguinidad o por adopción (hijos o padres), o como vivienda permanente para tu cónyuge en caso de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.
- Notificación al inquilino. Debes notificar al inquilino con al menos dos meses de antelación sobre tu intención de recuperar la vivienda. Esta notificación debe ser por escrito y especificar claramente el motivo conforme a lo establecido en la ley. Es recomendable enviar esta notificación mediante un medio que permita acreditar la recepción; por ejemplo, el envío de un burofax es la mejor opción en estos casos.
- Plazo de ocupación. Una vez que el inquilino desocupe la vivienda, tú o el beneficiario (familiar o cónyuge) debéis ocuparla en un plazo máximo de tres meses desde la extinción del contrato de arrendamiento. El incumplimiento de este requisito puede tener consecuencias legales para el propietario, por lo que recomendamos cumplirlo estrictamente.
Consejos para Arrendadores y Arrendatarios
Para Arrendadores:
Documentación: mantén toda la documentación necesaria, incluyendo la notificación enviada al inquilino y cualquier correspondencia posterior. Registra detalladamente todo el proceso y asegúrate de cumplir con todos los requisitos legales y de notificación para evitar problemas legales.
Asesoría Profesional: consulta a un experto en arrendamientos urbanos para asegurarte de cumplir con la normativa y recibir apoyo en caso de que el inquilino no esté de acuerdo con la recuperación de la vivienda.
Para Arrendatarios:
Conoce tus derechos y obligaciones: Si recibes una notificación de este tipo, verifica que cumple con los requisitos legales. Busca asesoría profesional si lo consideras necesario.
Casos Prácticos
En ASB Inmobiliaria hemos gestionado numerosos casos relacionados con esta situación. Lo habitual es que el propietario notifique con tiempo suficiente para que el inquilino pueda realizar los trámites sin agobios. En algunos casos, se ofrece un plazo más largo que los dos meses mínimos legales para facilitar la transición.
Los motivos más comunes incluyen
- Uso familiar: por ejemplo, cuando el hijo del propietario necesita la vivienda para residir en la ciudad por motivos de estudios.
- Cambio de situación laboral: el propietario debe regresar a su vivienda habitual después de haber estado varios años fuera.
Cuidamos todos los aspectos necesarios para que estas situaciones sean lo más tranquilas posible.
En ASB Inmobiliaria, con más de 20 años de experiencia en el mercado, ofrecemos asesoramiento para todo tipo de soluciones inmobiliarias. Nuestro equipo de expertos está a tu servicio para resolver cualquier consulta o necesidad.